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Colegio de Abogados califica como positiva sentencia de desglose del caso Odebrecht

Colegio de Abogados califica como positiva sentencia de desglose del caso Odebrecht

Publicado el 18/12/2019

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Colegio de Abogados califica como positiva sentencia de desglose del caso Odebrecht

SANTO DOMINGO.- El Colegio de Abogados de la República Dominicana calificó como positiva la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia recientemente que ordenó la separación de los imputados en el caso Odebrecht, por entender que garantiza la plena vigencia de las garantías procesales a que tiene derecho toda persona que es sujeto de un proceso penal.

Miguel Surun Hernández, presidente del gremio, informó que esta medida marca un precedente en la justicia dominicana, ya que incorpora el Derecho Internacional Garantista al proceso penal de nuestro país y establece garantías para que todos los ciudadanos puedan acceder al mismo.

Surun Hernández definió como un paso de avance para el Estado de Derecho la incorporación a nuestro ordenamiento procesal penal de todas y cada una de las disposiciones a nivel internacional que refuerza lo que es la protección al Estado de Derecho.

“Nosotros entendemos que es verdaderamente injusto que por el simple hecho de que haya un solo procesado que de conformidad con la Constitución goce de jurisdicción privilegiada, los demás encartados tengan que sufrir esa misma penuria, con la sub secuente perdida del doble grado de jurisdicción que son garantías procesales consagradas no solo por la Constitución, sino por los tratados internacionales, que a la luz de esa misma decisión son parte integral del sistema procesal de la República Dominicana”, expresó el jurista.

Agregó que dicho fallo que elimina el arrastre en materia procesal penal de las jurisdicciones privilegiadas se consagra como un precedente histórico en favor de que cada día nuestro país se constituya en un modelo garante de los derechos fundamentales de los ciudadanos, muy especialmente de aquellos que son objeto de persecuciones penales.

Destacó que con este paso se otorga plena vigencia no solo de la presunción de inocencia, sino además de la obligatoriedad de los organismos consagrados para perseguir dichas infracciones de tratar a los procesados como tales, es decir, como personas inocentes.

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