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La DGII exonera una cuota del anticipo a contribuyentes

La DGII exonera una cuota del anticipo a contribuyentes

Publicado el 02/04/2020

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La DGII exonera una cuota del anticipo a contribuyentes

Facilidad. Medida sólo aplica para el monto que se debe pagar el 15 de abril; beneficia el 99% de las empresas. Respuesta. La AIRD consideró la disposición muy atinada, ya que facilita el flujo de caja para pago de nómina y suplidores.

SANTO DOMINGO, RD .- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció la exoneración del pago de la cuota del anticipo que correspondía entregar el 15 de abril a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta (ISR).

La disposición beneficia al 99% de las personas jurídicas o negocios de único dueño que tengan la obligación de pagar ese impuesto, según informó ayer el director de la DGII, Magín Díaz.

De esa exoneración se excluyen unas 400 empresas consideradas grandes, a excepción de aquellas que están impedidas de operar por el Estado de Emergencia implementando por el Covid-19, como son los aeropuertos, líneas áreas, agencias de viaje, actividades de la construcción y ferreterías.

También se exceptúan los hoteles, tour operadores, transporte de pasajeros y servicios complementarios, juegos de azar, venta y reparación de vehículos, piezas y partes, comercio de electrodomésticos, ropa, calzados, artículos de belleza, juguetes y bienes; así como los comercios de servicios de entretenimiento.

Alivio fiscal
Se trata de la eliminación , al menos en ese período, de uno de los principales dolores de cabeza de los sectores productivos en el plano impositivo, ya que corresponde a un adelanto del ISR que deben presentar a final del período.

Para las personas jurídicas se generan 12 cuotas (una por cada mes), que deben ser pagados en los primeros 15 días de cada mes y se generan 45 días después de presentarse la declaración jurada correspondiente.

El monto se determina aplicando el 1.5% a los ingresos declarados en el año fiscal anterior, luego de deducir el saldo a favor consignado en la declaración.

En el caso de las físicas, estas deben pagar el monto que les corresponda en tres cuotas: 50% la primera, 30% la segunda y 20% la tercera.

Industriales
El presidente de la Asociación de Industrias de la República Dominicana, Celso Juan Marranzini, consideró “muy atinada” la disposición, ya que, según dijo a EL DÍA, facilita el flujo de caja de las empresa para poder pagar la nómica de sus empleados y de los suplidores.

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