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Nuevas decisiones de caso Edesur evidencia parcialidad jueces de San Juan

Nuevas decisiones de caso Edesur evidencia parcialidad jueces de San Juan

Publicado el 06/07/2018

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Nuevas decisiones de caso Edesur evidencia parcialidad jueces de San Juan

SANTO DOMINGO.- El abogado Julio Cury, dio a conocer hoy dos decisiones que reniegan el criterio de tres jueces, quienes  mediante una docena de sentencias le ordenaron a la empresa EDESUR pagar 40 millones de pesos, a varias personas que procuraban ser indemnizados porque la entidad habría instalado postes de electricidad en sus propiedades.

Debido a esas sentencias,  a los magistrados de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo de la Corte de Apelación del Distrito Judicial de San Juan, Milton Castillo, Ernesto Ramírez Méndez y Loyda de la Rosa Beltré, se le interpuso una querella disciplinaria por fingir ignorancia e incurrir en notoria parcialidad al condenar a EDESUR, a los magistrados se le interpuso una querella disciplinaria por fingir ignorancia e incurrir en notoria parcialidad al condenar a la entidad eléctrica.

El jurista, quien representa a EDESUR,  detalló que las sentencias 038-2018-SSEN-0052 y 034-2018-ECON-0195, del 16 de mayo y 22 de junio del 2018, de la Quinta y Primera Salas de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, declaran inadmisibles por falta de calidad e interés sendas demandas de 40 millones de pesos incoadas contra EDESUR, por Paulino Sánchez y Nincanor Encarnación Morillo a través del mismo abogado que representó a los demandantes en San Juan.

“El tribunal entiende procedente acoger el medio de inadmisión planteado por EDESUR, S.A., ya que la parte demandante no ha probado que realmente es el propietario del inmueble en cuestión, ya que se limitó a depositar declaraciones juradas y un plano, los cuales no constituyen documentos fehacientes mediante los que se establezca la titularidad del derecho de propiedad del inmueble”, se consigna en la Sentencia 034-2018-ECON-0195

Cury sostuvo que no es lo mismo jugar con el árbitro a favor, pues distinto a lo que consideraron los jueces acusados, los que presiden la Primera y Quinta Salas del Distrito Nacional respetaron la doctrina del Tribunal Constitucional, que ha tasado al certificado de título como el único documento legal que acredita la titularidad del derecho registral.

Agregó que estas nuevas decisiones ponen al desnudo “las gravísimas desviaciones de modalidad presumiblemente dolosa atribuidas a los jueces de San Juan”, y que será la Inspectoría del Consejo del Poder Judicial la que deberá presentar acusación contra los jueces por “su dudoso papel de terceros imparciales”.

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