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Abogado trató de habilitar a Medina ahora busca quitar trabas tiene Abinader

Publicado el 28/03/2021

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Abogado trató de habilitar a Medina ahora busca quitar trabas tiene Abinader

  • Estatutos del Partido Revolucionario Moderno prohiben la reelección presidencial

SANTO DOMINGO, RD.- Las trabas que tendría el presidente Luis Abinader, a lo interno de su Partido Revolucionario Moderno (PRM) para poder reelegir su candidatura y optar por otro periodo gubernamental fueron atacadas ante el Tribunal Constitucional por el mismo abogado que trató de habilitar al exmandatario Danilo Medina.

Mediante un recurso Fredermido Ferreras Díaz, junto a su colega Frederick Ferreras González, actuando en representación del Consejo Nacional de Transporte (Conachotrán) buscan que se declare inconstitucional el artículo 101 de los estatutos del PRM.

El artículo establece que “hasta tanto el Partido Revolucionario Moderno (PRM) convoque un congreso para debatir el tema de la reelección presidencial, la misma estará prohibida”.

Conforme a la instancia esa disposición vulnera derechos fundamentales, humanos y constitucionales del mandatario, toda vez que la Constitución de la República permite la reelección presidencial por dos periodos consecutivos.

“Declarar como efecto declara inconstitucional y nulo el artículo 101 de los estatutos del Partido Revolucionario Moderno (PRM) que prohibe la reelección presidencial del actual mandatario Luis Rodolfo Abinader Corona, por ser contrario a los derechos adquiridos del artículo 124 de la Constitución”, aduce la instancia.

La acción directa de inconstitucionalidad fue depositada por Ferreras Díaz y Ferreras González, en la secretaría general del Tribunal Constitucional el pasado 2 de marzo.

Ferreras Díaz es el abogado que el 15 de febrero de 2018 elevó una instancia en procura de que fuera declarada inconstitucional la disposición transitoria vigésima de la Constitución. La misma establece que “en el caso de que el Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la República”.

Disposiciones perremeístas

De acuerdo a los estatutos del PRM, los candidatos a la presidencia y vicepresidencia de la República serán nominados por la Convención Nacional Extraordinaria de Delegados, convocadas para tales fines.

Tendrán derecho a presentar candidaturas todos los dirigentes y militantes, siempre y cuando llenen los requisitos estatutarios.

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