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Primera Sala de la Corte de Apelación del impone tres meses de prisión preventiva a falso embajador de Liberia

Primera Sala de la Corte de Apelación del impone tres meses de prisión preventiva a falso embajador de Liberia

Publicado el 09/07/2021

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Primera Sala de la Corte de Apelación del impone tres meses de prisión preventiva a falso embajador de Liberia

Distrito Nacional.- La Primera Sala de la Corte de Apelación impuso tres meses de prisión preventiva al imputado Rafael Enríquez Martínez Taveras, quien se hacia pasar como embajador del país de Liberia, y utilizaba la coyuntura para estafar a decenas de personas, ofreciendo puesto consulares.
En la audiencia el imputado negó la acusación alegando que le quieren hacer daño a su persona, y que es una persona de bien y de trabajo, pero las victimas en la replica dijeron que el señor Martínez Taveras, es un estafador y abusador. Otras de las victimas dijo que el imputado hacia alegato de que tenia influencia con funcionarios del pasado y actual gobierno.
El Ministerio Publico en su acusación dijo que Martínez con su falsa cualidad de diplomático, con su estafa y engaño cobraba decenas de miles de dólares.
Conforme a las conclusiones de los fiscales que realizaron la investigación, una de las víctimas pagó la suma de US$50 mil por el cabildeo de un nombramiento como cónsul en Madrid, España.
En el allanamiento a su residencia, al imputado se le ocuparon 11 pasaportes dominicanos, un pasaporte haitiano y símbolos patrios de la República de Liberia, tales como banderas y obras talladas con el nombre de ese país, elementos que se aportarán como pruebas para su sometimiento a la justicia. Además, documentos que serán analizados durante el proceso de investigación.
Para estos hechos, el expediente atribuye la calificación jurídica provisional de Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, en violación al artículo 2 de la Ley 137-03. También, usurpación de títulos o funciones, en violación al artículo 258 del Código Penal Dominicano, y estafa contra particulares, prevista en el artículo 405 del Código Penal Dominicano.

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