Red De Noticias
Menú
  • Nacionales
    • Municipalidad
    • SDE
    • Politica
    • Noticias
    • Slider
    • Banco Central
    • opinión
    • Economía
    • Gobierno
    • Contenido Pago
  • Internacionales
    • Dominicanos Exterior
    • Turismo
    • Departamento de Estado
  • Tecnología
  • Deportes
  • Espectáculos
    • Sociales
    • Noticias Urbanas
  • Palabra Diaria
    • Recetas
  • Salud y vida
    • Salud Sexual
  • Visión Misión Objetivos
  • Marco Legal Jurídico 
  • Quienes Somos
  • Reconocimientos
  • Tarifas Publicitarias
Menú
Estado emergencia impide modificar la Constitución

Estado emergencia impide modificar la Constitución

Publicado el 21/08/2021

Loading

Estado emergencia impide modificar la Constitución

SANTO DOMINGO,RD.- La Carta Magna expresa que no podrá iniciarse la reforma constitucional en caso de vigencia de algunos de los estados de excepción previstos en el artículo 262.

Para lograr la reforma constitucional que pre­tende impulsar, el presi­dente Luis Abinader ten­dría que descontinuar las declaratorias de estado de emergencia en que se en­cuentra la República Do­minicana a causa de la pandemia de covid 19.

Esto se debe a que la constitución prohíbe la modificación de su texto durante los distintos esta­dos de excepción que ins­tituye.

“No podrá iniciarse la re­forma constitucional en ca­so de vigencia de algunos de los estados de excep­ción previstos en el artícu­lo 262”, dispone el artículo 271 de la Carta Magna.

Hay tres modalidades de estados de excepción: de defensa, de conmoción in­terior y de emergencia, es­te último está vigente en la República Dominicana des­de marzo de 2020, por el covid 19.

El presidente de la Repú­blica puede declarar los es­tados de excepción, previa autorización del Congreso Nacional, conforme al man­dato constitucional. El de emergencia, como el que funciona en el país, lo pue­de declarar cuando ocu­rran hechos “que pertur­ben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social, medioambiental del país, o que constituyan una cala­midad pública”.

El gobierno no ha dado se­ñal de que quitaría, por el momento, el estado de emergencia. Al contrario, el 18 de agosto solicitó una nueva extensión al Congre­so Nacional, por 45 días, que de aprobarse, conclui­ría en octubre, ya que el ac­tual vence el 26 de agosto

Cuando era oposición, el gobernante Partido Revolu­cionario Moderno (PRM) cuestionaba las constan­tes prórrogas del estado de emergencia decretados por el anterior gobierno, inclu­so accionando ante el Tri­bunal Constitucional con­tra los actos del Ejecutivo y del Senado que lo autoriza­ban.

Desmontado gradual

Una vez llegó al poder, ha continuado la misma prác­tica, aunque en los últimos meses ha ido desmontando el toque de queda, que es la principal medida restricti­va, por el éxito del plan de vacunación que ha puesto en marcha.

En su discurso del pasado miércoles, al rendir cuen­tas de su primer año de gestión, el presidente Abi­nader anunció que pro­pondrá este año una refor­ma a la Constitución.

No dio muchos detalles de su propuesta, por lo cual al­gunos abogados especiali­zados en materia constitu­cional han sido cautelosos y han preferido esperar que el mandatario presente su propuesta legislativa para dar su opinión.

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Red de noticias Onlinerdn

Reddenoticias.online "Descubre el mundo a un clic de distancia con reddenoticias.online 🌐📰 Tu fuente confiable para noticias objetivas nacionales e internacionales. Información al instante, donde quieras y cuando quieras. ¡Conéctate con la actualidad en un solo lugar! 🚀 #ReddeNoticias #InformaciónGlobal"

Sobre RDN

Reddenoticias.online

No somos un periódico de moda , somos un referente de mercado a un Clic del Planeta tierra desde republica dominican

Contact

  • Josefa Diaz | ventas | RD
  • Phone: (849-656-5405
  • Email: reddenoticias01@gmail.com
  • Reddenoticias_@gmail.com
©2026 Red De Noticias | Theme by SuperbThemes