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Inconstitucionalidad del barrilito

Inconstitucionalidad del barrilito

Publicado el 01/11/2024

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Inconstitucionalidad del barrilito

Carlos Salcedo

El barrilito, fondo de ayuda social o de gestión provincial sigue tan campante como el whisky aquel. Si bien algunos legisladores, en su momento, renunciaron a dicho fondo, un senador llegó a decir que todo aquel que no quiera el dinero del Barrilito que se lo dé.

Es innegable que los legisladores tienen presiones para resolver problemas en sus comunidades. De hecho, a pesar del mal uso que muchos les dan a dichos recursos, otros lo hacen correctamente, lo que no justifica su mantenimiento.

Se sabe que con estos recursos muchos legisladores realizan una labor clientelar y de asistencia social, labor esta última que corresponde al Poder Ejecutivo.

Se trata de una deforme criatura congresual, dado que el Congreso Nacional no está facultado para realizar programas sociales y resolver problemas del Poder Ejecutivo (PE).

Las funciones constitucionales de los legisladores son las de legislar, representar y fiscalizar. De ahí que el barrilito desborde sus atribuciones y es una intromisión del Poder Legislativo en ámbitos del PE.

¿Cómo puede el Congreso Nacional fiscalizar al Poder Ejecutivo si le quitan recursos que este debe emplear en labores que son únicamente de su competencia? Si los legisladores tienen vocación de servicio ¿por qué el gusanillo de servicio social sólo les come cuando desean reelegirse? ¿Por qué no emplean sus recursos personales para esto?
El barrilito no es inconstitucional únicamente porque constituye un privilegio para los legisladores, en perjuicio de la igualdad frente a los demás competidores en un certamen electoral.

Es también una incursión prohibida en el terreno del PE, desnaturaliza las funciones del primer poder del Estado y lo inhabilita para ejercer las funciones de fiscalización de los demás poderes, lo que califica como un crimen contra la Constitución.

La crisis de legitimidad que se atribuye al Congreso Nacional radica en estos factores que distorsionan la democracia. Tan sencillo como que los garantes de la equidad practican la desigualdad de trato, censurable constitucionalmente, como ocurre con la reelección indefinida de congresistas, valiéndose de los recursos del Estado.

La reciente reforma constitucional redujo el número de diputados, pero no se pensó en la reelección indefinida de los legisladores, por lo que es una oportunidad perdida.

Con buenos recursos de amparo e inconstitucionalidad se puede detener este atentado contra la vida institucional del país y la pervivencia del principio del Estado de derecho. ¿Alguien se anima?

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