![]()
EE.UU. alivia parcialmente las sanciones sobre el oro de Venezuela
La Oficina de Control de Activos Extranjeros de EE.UU. (OFAC, por sus siglas en inglés, emitió este viernes una nueva licencia con la que se autorizan «ciertas transacciones» vinculadas con el oro procedente de Venezuela, lo cual supone un alivio parcial de las sanciones impuestas por Washington sobre esa industria desde hace cerca de una década.
En particular, se habilitan aquellas transacciones «que son ordinariamente incidentales y necesarias para la exportación, venta, suministro, almacenamiento, compra, entrega o transporte de oro de origen venezolano para su importación a los EE.UU., la refinación de dicho oro en EE.UU. y la reventa o exportación de dicho oro desde los EE.UU., por una entidad estadounidense establecida», ejecutadas por la estatal Minerven o por cualquier empresa en la que la referida compañía posea la mayoría accionaria.
Empero, la autorización está sujeta a varias restricciones. La OFAC advierte que las transacciones –que beneficiarían directamente al Gobierno de EE.UU. o a particulares asentados en ese país–, solo podrán tener lugar si los contratos suscritos entre el Estado venezolano y esas entidades se rigen por las leyes de la nación norteamericana y cualquier eventual disputa judicial queda bajo jurisdicción de los tribunales estadounidenses.
Asimismo, la licencia puntualiza que «cualquier pago monetario a una persona bloqueada, excluyendo los pagos de impuestos, permisos o tasas locales» debe realizarse en los Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros o en cualquier otra cuenta designada por el Departamento del Tesoro de EE.UU., de conformidad con lo estipulado en la Orden Ejecutiva 14.373, del 9 de enero de 2026.
Prohibiciones
El documento proscribe explícitamente el cierre de contratos con condiciones de pago que la Casa Blanca estime que no son «comercialmente razonables», en una lista que incluye canje de deudas y pagos en especie, tokens o criptomonedas.
A ello se suman cualesquiera intercambios que involucren a «buques bloqueados».
También se prohiben las transacciones relacionadas con el negocio aurífero venezolano con personas ubicadas u organizadas «bajo las leyes de la Federación Rusa, la República Islámica de Irán, la República Popular Democrática de Corea, la República de Cuba» y la República Popular China, así como con cualquier entidad controlada total o parcialmente por esos países o personas.

