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El TC tramita el recurso de los presos de JxCat contra su suspensión y aprecia su “especial trascendencia”

El TC tramita el recurso de los presos de JxCat contra su suspensión y aprecia su “especial trascendencia”

Publicado el 05/10/2019

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El TC tramita el recurso de los presos de JxCat contra su suspensión y aprecia su “especial trascendencia”

El alto tribunal aprecia “una especial trascendencia constitucional” a la cuestión planteada, que tiene que ver con el derecho de representación política

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite un nuevo recurso relacionado con el procés y que tiene singular importancia por su relación con el derecho de representación política. La impugnación presentada corresponde a Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez contra la decisión de la Mesa del Congreso de los Diputados que les suspendió como parlamentarios.

La admisión a trámite se basa en que el TC considera que el debate planteado tiene “una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental”. Pero añade otra razón de fondo para entrar en el estudio de la cuestión porque en torno a un conflicto de estas características “no hay doctrina de este Tribunal”.

El TC considera que el debate planteado tiene “una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental”

Es, por tanto, la primera vez que el TC va a tener que abordar y pronunciarse sobre la constitucionalidad de la suspensión de un diputado, o en este caso tres, aunque en circunstancias muy similares, por no decir idénticas. Ello hace prever que habrá una primera resolución que elaborará una determinada doctrina, que luego se aplicará a los otros dos casos.

La admisión a trámite no es un paso obligado ante un recurso de amparo. La mayor parte de los que se presentan son rechazados. En este caso, sin embargo, el TC justifica su decisión de admitirlos a trámite por las dos razones ya expuestas, y añade una tercera, que no es menos importante. El TC explica que “el asunto trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales”. Esas consecuencias se refieren tanto a la composición de las Cortes como a hipotéticos casos futuros de similar naturaleza, con respecto a los cuales estas sentencias –que serán de hecho una sola, por los motivos expuestos- supondrán un precedente muy relevante.

El TC explica que “el asunto trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales”

Una vez más, la decisión sobre la admisión a trámite de un recurso de amparo presentado por líderes políticos relacionados con el caso 1-O ha sido vista y resuelta en el pleno del Constitucional. Ha sido lo habitual en relación con tales impugnaciones. Pero no es lo normal en los recursos de amparo en general. Cuando un asunto de este tipo se aboca a pleno es porque, de entrada, ya se aprecia su especial trascendencia.

El TC, por otra parte, resolvió “comunicar tal decisión a la presidenta del Congreso de los Diputados para que remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones correspondientes a los Acuerdos de la Mesa anteriormente citados”. En cuanto a la solicitud de suspensión de las resoluciones recurridas, “el Pleno –dice la resolución- no aprecia la urgencia excepcional a la que se refiere el art. 56.6 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que justificaría su adopción inaudita parte de forma inmotivada”. Por tanto –concluye el TC-, “para resolver sobre la misma procede formar pieza separada y conceder un plazo de tres días al Ministerio Fiscal y al solicitante de amparo para que efectúen las alegaciones que consideren oportunas”.

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