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Amplían cobertura de fármacos de alto costo para dolencias

Amplían cobertura de fármacos de alto costo para dolencias

Publicado el 05/03/2026

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SANTO DOMINGO. – El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la resolución No. 631-04 del 26 de febrero de 2026, detalló la ampliación de la cobertura de medicamentos de alto costo del Seguro Familiar de Salud (SFS) en el Régimen Subsidiado.

La medida está dirigida a pacientes con patologías no oncológicas en la República Dominicana.

Contempla fármacos para el tratamiento del lupus, artritis reumatoide, enfermedad renal, trastornos del crecimiento, hemofilia, inmunodeficiencias, enfermedad de Kawasaki, púrpura trombocitopénica y gammaglobulinemias, que requieren terapias continuas.

AFILIADOS RECIBIRÁN MÁS APOYO

Con esta resolución, el CNSS garantiza que los afiliados reciban un apoyo mayor, pues detalla los remedios y las patologías distintas al cáncer, evitando así errores o distorsiones en el proceso de autorización y aprobación de los servicios.

Así lo expresó la gerente general del CNSS, Aura Celeste Fernández Rodríguez, quien precisó que el Consejo modificó el artículo 3 de la resolución 610-04, que aprobó el incremento de la garantía de productos farmacéuticos de precio elevado vinculados al tratamiento del cáncer.

Puntualizó que el propósito es unificar la cobertura para fármacos neoadyuvantes, adyuvantes y paliativos.

ESTABLECE UN TOPE DE RD$1,000,000.00

Afirmó que la nueva resolución fija un tope de RD$1,000,000.00 para el acceso a medicamentos costosos destinados a patologías distintas al cáncer, lo cual fortalece la protección financiera de las personas.

Explicó que la resolución dispone que la gestión, autorización y pago de estos deberá realizarse, preferiblemente, a través de la Dirección de Acceso a Medicamentos de Alto Costo (DAMAC), del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS).

Indicó que esta modalidad permitirá aprovechar los beneficios de la compra conjunta.

Precisó que, cuando los fármacos no estén disponibles en la DAMAC, su adquisición deberá garantizarse a través del mercado.

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