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JCE prohíbe expresamente la elección anticipada de candidatos, precandidatos y advierte consecuencias legales

JCE prohíbe expresamente la elección anticipada de candidatos, precandidatos y advierte consecuencias legales

Publicado el 01/05/2025

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La Junta Central Electoral (JCE) certificó este 30 de abril de 2025, mediante comunicación oficial remitida al abogado Yery del Jesús Castillo, en su calidad de representante legal de Eleuterio Abad Santos, que sigue vigente y con fuerza plena su Comunicado de Advertencia del 21 de febrero de este mismo año, en el que se establece de manera categórica la prohibición de realizar actividades proselitistas o definir precandidaturas antes de los plazos legales fijados por las leyes núm. 33-18 de Partidos y 20-23 del Régimen Electoral.

La referida certificación fue solicitada formalmente por Eleuterio Abad Santos a través de su abogado, en el marco del proceso judicial que se conoce ante el Tribunal Superior Electoral (TSE), con el objetivo de sustentar la demanda de nulidad contra las decisiones del Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).

En dicha certificación, la JCE reitera que cualquier consulta interna, anuncio público o movilización con fines electorales antes del mes de julio de 2027 constituye una violación expresa de la ley. De manera específica, la Junta Central Electoral prohíbe de forma tajante y categórica la elección anticipada de candidatos y precandidatos a cargos de elección popular, en cualquier modalidad, sea mediante consulta, proclamación interna o simulación de procesos partidarios, por constituir una infracción directa al calendario electoral y a la normativa vigente.

Además, advierte que la celebración de procesos de elección anticipada dentro de los partidos políticos representa una infracción grave al orden legal establecido, pues desnaturaliza el calendario electoral, quebranta los principios de equidad y altera la competencia democrática, lo que acarrea consecuencias jurídicas irreversibles.

El incumplimiento de estas disposiciones genera sanciones severas, entre ellas la inadmisibilidad de las candidaturas promovidas de forma anticipada, lo que implicaría su exclusión del proceso electoral por parte de los órganos de administración electoral.

Con esta certificación, la JCE no solo ratifica lo expresado en su comunicado de advertencia, sino que también deja claro que toda acción orientada a definir candidaturas fuera del calendario oficial vulnera la equidad, la transparencia y el principio de legalidad que deben regir los procesos electorales en la República Dominicana.

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