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Junta aprueba topes gastos para elecciones municipales

Junta aprueba topes gastos para elecciones municipales

Publicado el 30/10/2019

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Junta aprueba topes gastos para elecciones municipales

SANTO DOMINGO, RD.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) estableció ayer los topes de gastos para la campaña de las elecciones municipales del 16 febrero de 2020 en la que se establece que ningún candidato alcalde puede gastar más de 87,50 pesos por elector mientras que un aspirante a regidor no podrá sobrepasar los 43,75 pesos por votante. Igualmente el límite por partido, agrupación o movimiento será de 1,75 pesos por electores.

En el caso de aspirantes a directores de distritos con menos de 5,000 electores inscritos en el padrón, el tope es de 150 pesos por votante. Asimismo ningún aspirante municipal o partido podrá recibir más del 1% del tope de gastos como aportes por particulares.

Bajo la normativa, basada en la Ley Electoral 15-19, un candidato a alcalde de la capital no podrá gastar más de 75,101,950 ni recibir de un particular más de 751,019. En el caso de aspirantes a regidores por las circunscripciones uno, dos y tres sus topes de gastos son 14,10 y 13 millones de pesos respectivamente. Mientras que los aportes que reciban no podrán ser superior a los 143,947; 100,593 y 130,969, en ese mismo orden.

Así está contemplado en la Resolución 23-2019 que además establece que los fondos sobrantes de las recaudaciones hechas por los candidatos durante la campaña, se destinarán a programas de formación política. Asimismo luego de publicada la resolución, los partidos tienen 30 días para depositar el presupuesto de ingresos y gastos.

Otra disposición es que “todas las contribuciones deberán ser personales y limitadas en cantidad y ninguna persona física, corporación, empresa o institución puede hacer o realizar donaciones o contribuciones económicas electorales a nombre de otra persona”.

Además, que todos los candidatos deberán realizar una declaración a través de la cual se identifique el origen de los recursos y forma de gasto de los mismos.

Boletas municipales. El Pleno decidió además que los municipios y los distritos municipales irán con boletas separadas y, “por vía de consecuencia, los pactos de alianzas y coaliciones podrán realizarse teniendo por objeto la división de los municipios y los distritos municipales”.

Respecto a la proclama electoral municipal, dispuso que será dictada el día 8 de noviembre y que el plazo para el depósito de las alianzas y coaliciones es el 18 de noviembre. Ratificó que el plazo para la presentación de las propuestas de candidaturas municipales vence el día 3 de diciembre de este año.

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