¿Qué hacer si te cortan la luz?
Un corte de luz es más frecuente de lo que se piensa, de hecho al 5% de los consumidores de electricidad les ha pasado alguna vez. Asimismo, son varias las causas que explican por qué la distribuidora ha decidido dejarle sin suministro.
¿Cuál es la causa del corte?
Es verdad que el motivo más habitual por el que se le corta la luz a una persona es por impago. Normalmente la comercializadora envía al cliente un recordatorio de pago de la factura pendiente, un aviso de impago por fax o carta certificada e incluso le llega a permitir el pago fraccionado antes de que envié la orden de corte a la comercializadora.
No obstante, a parte del impago, hay otras causas que explican el corte. Por supuesto, todas transgreden algunas de las cláusulas firmadas en el contrato de alta de suministro:
- Hacer un enganche sin haberlo hablado antes con la comercializadora
- Manipular el contador eléctrico
- Derivación del suministro a otra instalación que no está estipulada en el contrato
- Un estado de la electricidad pésima, que pueda poner en peligro la seguridad del titular y del resto de habitantes del inmueble.
¿Cuándo puedo pagar una factura pendiente?
El pago de una factura pendiente depende del tipo de mercado en el que se contrata la tarifa, ya que los plazos no son los mismos. En la actualidad, existen dos sistemas eléctricos de suministro:
- Un mercado regulado por el Gobierno mediante el llamado Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), el precio de la luz que dicta el Ejecutivo del Estado.
- Un mercado libre en la que el coste de las tarifas las determina la comercializadora con la que se contrata la electricidad.
Así, dependiendo de en cual se mueva, estos son los plazos de los que se dispone para abonar el impago:
- Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC). El plazo para pagar la factura de la luz es de 20 días. El tiempo para que se corte el suministro es de dos meses desde que la comercializadora haya pedido el pago de la factura.
- Tarifa de mercado regulado: dictado por la comercializadora en el momento de firmar el contrato. Asimismo, al igual que en el mercado libre, tienen que transcurrir dos meses desde que la comercializadora haya solicitado el pago para que se corte el suministro.
¿Qué hacer para volver a tener luz en el domicilio?
En el momento en que se tenga que restituir la luz en la vivienda en la que se había cortado, el cliente debe contactar con la comercializadora contratada y hacer efectivo el impago pendiente. Esta comercializadora dará una nueva orden a la distribuidora para que reabra el suministro lo antes posible.
En estos momentos, el cliente no puede cambiarse de compañía de electricidad. Cuando se tiene un expediente de impago abierto, es imposible abrir uno nuevo hasta que no se cierre el primero.
A diferencia de otros trámites en el ámbito de la luz y de la electricidad en general, esta reapertura de suministro no es gratuita. A efectos de incumplimento de contrato, un corte significa una baja y para volver a disfrutarlo hay que abonar:
- Los derechos de extensión: 17,37€/kW + IVA
- Los derechos de acceso: 19,70€/kW + IVA
- Los derechos de enganche. 9,04€ + IVA
En el caso del gas pasa lo mismo que en la electricidad, ya que si hay corte por impago el usuario tiene que abonar la cantidad correspondiente para que le vuelvan a poner el suministro, con otros tipos de gas como el butano, que llevan bombona, no surge este problema.