Una cuenta básica para salir del “anonimato financiero”
Superintendencia de Bancos autoriza al sistema financiero a incluir personas con antecedentes penales
La Superintendencia de Bancos (SIB) decidió incluir en el sistema financiero a quienes han tenido problemas con la justicia (legales) o de tipo crediticio. La entidad reguladora emitió la circular 029-20 a través de la cual crea la “Cuenta básica”, una especie de ventana para todos los que de alguna manera están excluidos del sector bancario.
El Banco de Reservas, atendiendo a su filosofía de inclusión financiera y por ser la entidad de servicios múltiples estatal, fue la primera en adherirse a la iniciativa. Creó lo que en su caso denominó “Cuenta de ahorros nómina inclusiva”.
Por tratarse de un producto especialmente diseñado para un segmento de la población con historial de conflictos con la ley, la SIB establece que las cuentas básicas de ahorros no podrán recibir depósitos ni mantener balances por un monto superior a RD$45,000, durante un período de 30 días, aunque sí se podrán abrir de manera presencial o no presencial.
Explica que en los casos de cuentas para fines de nómina serán exclusivamente para recibir el salario del trabajador, y no se les aplicará el límite del monto a recibir y del balance a mantener.
La presidenta ejecutiva de la Asociación de Bancos Comerciales (ABA) Rosanna Ruiz, informó que la inclusión de las demás entidades de intermediación financiera, en el caso de los bancos múltiples, se hará según la estrategia de cada banco, es decir, conforme a su ritmo de prioridades.
“La inclusión financiera es un proceso de integración de los servicios financieros a las actividades económicas cotidianas de la población, lo cual constituye un reto para el Estado con el fin de eliminar las barreras que impiden a cientos de miles de ciudadanos tener crecimiento económico para superar la pobreza”, estipula la circular de la SIB.
El administrador general de BanReservas afirmó que la circular 029-20 facilita que miles de personas que antes no podían ser sujetos de empleo y crédito bancario por diversas causas, ahora puedan acceder al sistema formal a través o con el apoyo de este producto de ahorro.
“Con esta disposición, la Superintendencia de Bancos abre las puertas a facilidades bancarias que antes, por diversas razones, permanecían cerradas para un importante segmento de la población que quiere y merece la oportunidad de participar de manera formal en el sistema productivo nacional, además de promover la creación de empleos, especialmente para los jóvenes que comienzan a trabajar”, subrayó Pereyra.
“La ‘cuenta básica de ahorro’ procura convertirse en la primera, o en la segunda, oportunidad de acceder al sistema bancario de una forma ágil, justa y en cumplimiento a las leyes, específicamente a la Ley 155-17 de Prevención de Lavado”, informó Fernández W. a través de un hilo colgado en su cuenta de Twitter previo al anuncio formal en el Banco de Reservas.
Esta modalidad de servicio estará disponible para personas nacionales o extranjeras residentes legales que, al momento de completar una solicitud para su apertura, carezcan de una cuenta de ahorros y de crédito en el sistema financiero, permitiéndose el registro de una sola cuenta de este tipo para cada persona.
“Con esta iniciativa, acercamos la banca a nuestra gente, porque es necesario y porque es su derecho”, afirmó el superintendente, quien anunció que la medida entrará en vigor a partir del 1 de diciembre, “pues antes de esa fecha las entidades y nosotros mismos en la ‘Súper’ debemos hacer algunas adecuaciones en nuestras plataformas tecnológicas y operativas”.
Al igual que con una tarjeta de débito tradicional, con una cuenta básica de ahorros, los clientes podrán realizar operaciones bancarias como el depósito y retiro de pesos dominicanos en las oficinas de la entidad y cajeros automáticos, pago de tarjetas de crédito y de préstamos, acceso al internet netbanking y realizar un mínimo de cuatro consultas de balance al mes en los cajeros sin costo.
Para realizar la solicitud, la institución bancaria requerirá al solicitante sus datos personales, domicilio, número de contacto y un documento de identidad válido.
En el caso de quienes presenten antecedentes penales se les pedirá, además, una copia certificada de la sentencia que decidió sobre el fondo del proceso y una certificación de no recurso.
“Las EIF (entidades de intermediación financiera) podrán abrir las cuentas básicas de ahorros en los casos en los que el certificado de no antecedentes penales registre incidencia de casos penales no resueltos y el ciudadano aún no cuente con una sentencia que decida sobre el fondo del proceso y no corresponda a un delito precedente o determinante señalado en el artículo 2, numeral 11, de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo”, reza la circular.
Las cuentas básicas destinadas al pago de nómina serán exclusivamente para el depósito del salario del trabajador, para lo cual el interesado deberá presentar una carta o certificación laboral que dé constancia de la relación de trabajo entre el solicitante y su empleador. La SIB resalta que, por su naturaleza, este producto se encuentra protegido de los embargos realizados por la mayoría de los acreedores, un aspecto que beneficia a quienes cuentan con manchas en su historial crediticio.
Fernández W. aclaró que los bancos contarán con la libertad de decidir si ofrecen este tipo de servicios a sus clientes, en respeto al marco legal vigente. Sin embargo, manifestó que la SIB reconocerá “a cualquiera de nuestros bancos, asociaciones de ahorros y préstamos y corporaciones de crédito que asuman el reto que aborda esta iniciativa”.
Documentación mínima
Según el Banco de Reservas, para abrir una cuenta básica de ahorros se requerirá una documentación mínima con el nombre, fecha de nacimiento, cédula de identidad del potencial cliente, estado civil, domicilio y número de teléfono. Solo se podrá disponer de una sola cuenta de este tipo, que deberá ser monitoreada por las entidades de intermediación financiera e informar a la SIB.
También podrán beneficiarse con este tipo de cuentas las personas con antecedentes penales, las que han sido descargadas mediante sentencia o quienes enfrentan un proceso judicial no concluido, para lo cual deberán presentar una copia certificada expedida por la autoridad judicial competente.
Esta facilidad está dirigida a personas físicas nacionales o extranjeras residentes legales, que al momento de solicitar la apertura no dispongan de una cuenta de ahorros ni de productos de créditos en el sistema financiero.