CNSS dispone la doble cotización
SANTO DOMINGO, RD.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), autorizó ayer que los trabajadores de entidades públicas que por leyes o normas especiales deban estar afiliados a un Plan o Fondo de Pensiones de Reparto y prestan servicios a otros empleadores, sean estos públicos o privados, puedan cotizar simultáneamente al Plan o Fondo de Pensiones de Reparto por cuenta del empleador público y a la AFP de su elección para aquellas contribuciones provenientes de otros empleadores. La resolución 450-02 del jueves 19 de julio del 2018, dispone que los recursos provenientes de aportes previsionales retenidos por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), deberán ser dispersados de acuerdo con lo establecido en el artículo Primero de la presente Resolución.
SANTO DOMINGO. El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), autorizó ayer que los trabajadores de entidades públicas que por leyes o normas especiales deban estar afiliados a un Plan o Fondo de Pensiones de Reparto y prestan servicios a otros empleadores, sean estos públicos o privados, puedan cotizar simultáneamente al Plan o Fondo de Pensiones de Reparto por cuenta del empleador público y a la AFP de su elección para aquellas contribuciones provenientes de otros empleadores.
La resolución 450-02 del 19 de julio del 2018, dispone que los recursos provenientes de aportes previsionales retenidos por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), deberán ser dispersados de acuerdo con lo establecido en el artículo primero de la presente Resolución.