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Decreto de duelo nacional por la tragedia del Jet Set: ¿qué implica esta medida?

Decreto de duelo nacional por la tragedia del Jet Set: ¿qué implica esta medida?

Publicado el 13/04/2025

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Decreto de duelo nacional por la tragedia del Jet Set: ¿qué implica esta medida?

SANTO DOMINGO,RD.- El duelo nacional, establecido por el decreto 195-25, se extiende hasta el día de hoy, abarcando los días 11, 12 y 13 de abril. Esta medida es una continuación del decreto 194-25, que declaró los días 8, 9 y 10 como días de luto nacional debido a la magnitud de la tragedia que ha dejado más de 220 fallecidos y 189 heridos.

El decreto original fue emitido tras el fatídico suceso ocurrido en el centro de diversión nocturna Jet Set, durante el cual el merenguero Rubby Pérez animaba una fiesta en la madrugada del pasado martes. Así, este domingo concluyen seis días de luto nacional, enunciados por el Poder Ejecutivo a raíz de dicha tragedia.

La declaración de duelo nacional se sustenta en la ley 108 de 1967, que faculta al Congreso Nacional, al Poder Ejecutivo y a los ayuntamientos para establecer días de duelo ante eventos de esta índole. De acuerdo con el artículo 6 de esta normativa, serán considerados como días de duelo nacional aquellos que se declaren mediante leyes especiales.

Durante los días de luto, el artículo estipula que tanto las labores oficiales como las privadas estarán suspendidas, salvo excepciones y «temperamentos» establecidos por las leyes laborales. Además, se establece que la bandera nacional deberá ondear a media asta en todas las instituciones gubernamentales y privadas.

Los actos festivos y espectáculos públicos dependientes de instituciones oficiales deben ser suspendidos, y cuando se indique de manera explícita en los decretos, también deberán cancelarse aquellos eventos organizados por particulares. Según el artículo 8 de la ley, los días de duelo son designados oficialmente por el Poder Ejecutivo.

El duelo se llevará a cabo conforme a lo estipulado en los decretos, sin afectar la continuidad de labores oficiales o privadas. Como en anteriores ocasiones, la bandera se izará a media asta en edificios y centros oficiales, tanto a nivel nacional como municipal.

Finalmente, el artículo 9 señala que los ayuntamientos también tienen la autoridad para declarar días de duelo en sus respectivas jurisdicciones mediante ordenanzas motivadas, lo que implica que, en estos casos, las banderas también ondearán a media asta en los edificios y centros oficiales.

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