Defensas de beneficiados con archivos definitivos Odebrecht aseguran juez les dio ganancia de causa
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Defensas de beneficiados con archivos definitivos Odebrecht aseguran juez les dio ganancia de causa
- Sostienen que lo que es válido y vinculante es la sentencia física, no la opinión del juez
SANTO DOMINGO, RD.- Algunas de las defensas de los beneficiados con los archivos definitivos de Odebrecht están contestes con la decisión que emitiera el juez Alejandro Vargas, por considerar que la única sentencia válida y vinculante es la que está plasmada en la resolución impresa, donde se declara la inadmisibilidad de la objeción formulada por la Fundación Alianza Ciudadana.
“A pesar de la opinión que él (magistrado) dio sobre lo que pudiera ocurrir (especulativamente) – al margen de lo discutido y lo fallado en la sentencia-, salimos gananciosos y, de acuerdo a derecho, se comprobó que tenemos la razón y por eso no hay necesidad de recurrir en apelación”, escribió a Diario Libre el abogado Nassir Rodríguez, defensa de Radhamés Segura.
A continuación dijo: “La única decisión válida y vinculante que emitió el magistrado Vargas, dentro del contexto de la objeción al dictamen de archivo definitivo, fue la de declarar inadmisible la objeción formulada por la llamada entidad Fundación Alianza Ciudadana. La decisión fue declarar inadmisible la objeción y, por ende, confirmar el archivo”.
En ese sentido también se expresó la abogada Luz Díaz, representante de Temístocles Montás, quien dijo que la decisión fue declarar inadmisible la objeción, porque es la única que está contenida en la sentencia que le fue notificada.
“Lo que hizo el magistrado fue emitir un comentario al margen, una opinión, una reflexión de lo que él entiende que son los efectos de esos archivos que, por no ser notificados, esos archivos no existen. Lo cual no está en su decisión ni aborda esos aspectos en la resolución”, expresó Díaz, quien entiende que debido al comentario del magistrado muchas personas quedaron confundidas.
El abogado Marino Elsevif, defensa de Bernardo Castellanos, también dijo que la decisión fue “declarar la inadmisibilidad de la objeción de la Fundación Alianza Ciudadana, en razón de la falta de calidad”.
“El Ministerio Público no puede desdecirse a sí mismo, en virtud del Principio de Unidad, por tanto, no puede alegar su propia falta invocando un supuesto secretismo, ya que si hubo secretismo fue un secreto entre ellos mismos y no por parte de ninguno de los coimputados. Nadie puede alegar su propia falta para beneficiarse”, opinó el abogado Elsevif, quien invitó a los que tienen alguna confusión a leer la sentencia.
En su sentencia impresa el tribunal estableció lo siguiente:
“Declarar inadmisible la objeción promovida por la fundación Alianza Ciudadana por falta de calidad en contra de los dictámenes sin número, de fecha 27 de septiembre del 2019, rendidos por los licenciados Jean Alain Rodríguez, procurador general de la República, y Francisco Escaño, procurador general de corte de Distrito Nacional, mediante los cuales disponen el archivo definitivo de la investigación penal pública servida en contra de los imputados Temístocles Montás, César Sánchez, Bernardo Castellanos, Julio César Valentín, Máximo D’ Oleo, Ruddy González y Radhamés Segura, por la supuesta comisión de los tipos penales de soborno, enriquecimiento ilícito, falsedad en escritura y lavado de activos.
El titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho, declaró que, según lo que dijo el juez los archivos no existen, y por lo tanto, entiende que el proceso de investigación retorna a la situación anterior de expedientes con archivos provisionales.
“Eso deja en condición al Ministerio Público de poder retomar la investigación en el punto de los archivos provisionales, revisarlos y volver sobre la información que tenemos. Y en la medida de las posibilidades, recabar esa información y en base a esas informaciones, el Ministerio Público decidirá si levanta los archivos provisionales y emite un nuevo acto”, expresó el magistrado Wilson Camacho luego de escuchar las declaraciones del juez en estrado.

La Procuraduría General de la República informó en un comunicado que el inspector general del Ministerio Público, Juan Medina de los Santos, tiene en curso una investigación interna al procurador general de la Corte de Apelación, Narciso José Escaño Martínez, quien procedió a colocar bajo “archivo definitivo” la investigación contra ocho de los investigados en la primera etapa del caso de los US$92 millones pagados en sobornos por Odebrecht.
Al inspector general le corresponde determinar si Escaño Martínez incurrió en faltas sancionables cuando actuó, en septiembre de 2019, en condición de interino y durante las vacaciones de la entonces encargada de la Procuraduría Especializada para la Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Laura Guerrero Pelletier, período en el que emitió los autos de archivo definitivo, firmados por él y por el entonces procurador general, Jean Alain Rodríguez.