El OFAC y su Impacto en la Sociedad Dominicana
Recientemente, los lectores de la prensa dominicana han sido expuestos al término OFAC a través de casi todos los medios de comunicaciones. Sin embargo, hasta hace poco, solo miembros de las agencias policíacas y el sector financiero dominicano conocían el término y los efectos negativos de estar asociado con el mismo. Y les aseguro que el ser asociado con OFAC es bastante negativo.
Que es OFAC?
La Oficina de Control de Bienes ó Activos Extranjeros (OFAC por su siglas en inglés) es un organismo dependiente del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos (EE.UU) que administra y aplica sanciones económicas impuestas por los EE.UU contra diferentes países, entidades ó individuos. Estas sanciones están basadas en la política exterior y los objetivos de seguridad nacional del país y son utilizadas para prevenir que ciertos países, entidades e individuos tenga aceso ó utilicen el sistema financiero estadounidense.
Personas designadas para su inclusión en un programa de sanciones de la OFAC, o la temida “Lista Negra” de los EE.UU, sostienen un impacto socio-económico inmediato. De inicio, cualquier activo ó cuenta bancaria de una entidad ó individuo en la lista negra tiene que ser congelada por cualquier empresa estadounidense que adminstra dichos bienes. Además, a las personas sujetas a un programa de sanciones de la OFAC generalmente se les niegan las visas para ingresar a los EE. UU. Y aquellos que las tienen se enfrentan a la revocación de cualquier visa ó permiso existente para ingresar a cualquier territorio de los EE. UU.
Razones por Caer en La Lista Negra
Los programas de sanciones administrados por la OFAC son variados e incluyen sanciones bien conocidas como aquellas que apuntan a países (Corea del Norte, Rusia, Sudán), sanciones enfocadas en organizaciones (ISIS, Cartel de Sinaloa) y sanciones contra personas, particularmente narcotraficantes y terroristas de renombre. Recientemente, un decreto emitido por el presidente estadounidense Donald J. Trump el 21 de diciembre de 2017 creó un programa de sanciones centrado en las violaciones de los derechos humanos y la corrupción gubernamental. El programa, titulado “Global Magnitsky Act” (Acto Global Magnitsky), deriva su nombre del abogado ruso Sergei Magnitsky, fallecido en 2009 después de haber sido arrestado y torturado bajo custodia por agentes del Ministerio del Interior de la Federación Rusa. El programa está destinado a confiscar activos de personas involucradas en graves violaciones de los derechos humanos y actores gubernamentales corruptos.
Es bajo el Acto Global Magnitsky que dos ciudadanos dominicanos se agregaron a la lista negra de la OFAC durante los primeros dos trimestres de 2018. Esto es significativo porque esta es la primera vez que criollos han sido sancionados por la OFAC, y es solo la segunda vez que EE.UU ha impuesto sanciones económicas que de algún modo esté vinculada con la República Dominicana. La primera vez fue cuando los EE.UU se unió a 21 naciones latinoamericanas, convocadas en Costa Rica en 1960, para restringir el comercio contra el régimen del dictador Leonidas Trujillo Molina.
La pregunta del momento es ¿podrían otras personas ó entidades en el territorio dominicano ser los próximos blancos del Acto Global Magnitsky ó cualquier otro programa de sanciones? Sin duda, el alcance de la OFAC es largo e incluye no solo a las personas incluidas en la lista negra, sino también a sus familiares y empresas, organizaciones y partidos politicos afiliados.
Como hemos visto, la OFAC ha emitido sanciones contra los partidos políticos que se consideran infiltrados por elementos corruptos, como es el caso del Partido Socialista Unido de Venezuela, Hizbollah (Líbano), el Partido Comunista de Perú, el Nuevo Partido de Rusia y el Partido de los Trabajadores de Kurdistán. Claramente, los partidos políticos deberían cuidarse cuando cualquier miembro de alto rango esté sujeto a sanciones de la OFAC. Cualquier acción que es percibido como apoyo de parte de un partido político para un miembro que ha sido sancionado puede poner al partido bajo el escrutinio de OFAC.
Sin embargo, los efectos principales de las sanciones de la OFAC recaen directamente en el individuo cuyo nombre aparece en la lista. Incluso si un individuo no mantiene activos o cuentas bancarias en los EE.UU, aun puede tener sus cuentas cerradas por sus bancos nacionales. La razón de esto es que muchos bancos nacionales, incluidos los bancos más grandes de la República Dominicana, mantienen relaciones de banca corresponsal con los bancos de EE. UU.
Conforme a la Ley Patriota de los EE.UU, los bancos en los EE. UU deben asegurarse de que sus corresponsales en el exterior se adhieran a las leyes y reglamentos contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, lo que incluye cumplir con las restricciones de la OFAC. Esto se reiteró en la Hoja de Datos Conjunta sobre la Banca Corresponsal Extranjera emitida por el Departamento del Tesoro y los reguladores bancarios federales de EE.UU el 30 de agosto de 2016. Un banco local que mantiene abierta una cuenta para un cliente designado por OFAC corre el riesgo de que su relación de corresponsalía bancaria con el banco de EE.UU sea terminada. En efecto, las obligaciones de los bancos de EE. UU se transfieren a sus corresponsales en el extranjero.
Es importante tener en cuenta que las sanciones de la OFAC restringen a todos los ciudadanos y empresas estadounidenses, ya sea localizados en los EE.UU o en el exterior, de participar en cualquier operación financiera con una persona o entidad incluida en la lista negra de la OFAC. Esto significa no realizar transferencias de fondos, compras, pagos de salarios o traspaso de activos con la persona que aparece en la lista de OFAC. Esto es particularmente relevante para los criollos que mantienen la doble ciudadanía estadounidense y dominicana. Dichos ciudadanos, incluso si residen en la República Dominicana, tienen prohibido participar en negocios con cualquier persona o entidad en la lista de la OFAC.
Las sanciones también pueden tener efectos no financieros. Los servicios rutinarios como el teléfono celular y el correo electrónico, si los proporciona una entidad de los EE.UU, pueden denegarse a las personas incluidas en la lista de la OFAC. Tal fue el caso del hombre fuerte de Chechenia, Ramzan Kadyrov, que fue incluido en la lista negra de la OFAC en diciembre pasado por corrupción y abusos contra los derechos humanos y cuyas cuentas de Instagram y Facebook fueron desactivadas posteriormente.
Injustamente Sancionado por OFAC?
Fundamentalmente, los programas de sanciones de OFAC son una criatura del Poder Ejecutivo y a menudo siguen la filosofía política de la administración en el poder. De hecho, el uso de sanciones contra actores estatales ha sido una herramienta de las administraciones de EE.UU desde la Guerra de 1812, cuando Gran Bretaña intentó restaurar las colonias americanas al Imperio Inglés. En ese conflicto, los EE.UU se aseguraron de que los activos ingleses en los EE.UU fueran confiscados por el gobierno.
Si bien el uso de sanciones tiene como objetivo garantizar la seguridad nacional, su implementación ha sido cuestionada en los últimos años, particularmente en lo que se refiere a las sanciones contra las personas. En su mayor parte, las personas o entidades a las que apunta OFAC son extranjeras y no cuentan con el beneficio de las protecciones constitucionales otorgadas a los ciudadanos de EE.UU. Para sorpresa de nadie, los desafíos exitosos a las designaciones de la OFAC han involucrado a entidades de los EE.UU.
En 2009 y 2011, en dos casos distintos, tribunales federales encontraron que dos organizaciones sin fines de lucro en los estados de Ohio y Oregón, respectivamente, se les denegó el derecho al debido proceso cuando fueron colocadas en un programa de sanciones sin previo aviso y sus bienes incautados sin una orden tribunal. Pero como hemos señalado, estos tipos de protecciones del debido proceso generalmente no se otorgan a personas y entidades extranjeras. De hecho, muchas veces el único aviso de inclusión en la lista OFAC que recibe una persona es aquel proporcionado por los medios de noticias y comunicaciones locales.
La mayoría de las designaciones OFAC se basan en informes de inteligencia, y la inclusión en un programa de sanciones OFAC no requiere que la persona incluida sea acusado o procesado por un delito. De hecho, la mayoría de las veces, las designaciones surgen de la falta de enjuiciamiento y la percibida indiferencia por parte de las autoridades locales ante los malos actos de individuos y entidades. Sin embargo, si una persona cree que ha sido incluido por error en un programa de sanciones, existe un proceso administrativo dentro de la OFAC para remediar la situación. La persona tendrá que presentar una solicitud de reconsideración con OFAC para su alivio.
Estar Alerta
El socio comercial más importante de República Dominicana es EE.UU. Los dos países forman parte del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y los Estados Unidos (DR-CAFTA). El acuerdo facilita el comercio y la inversión entre los países y fomenta la integración regional.
Sin embargo, hasta este año, no se ha advertido a los bancos y empresas en el país sobre el trato con nacionales dominicanos y entidades relacionadas. Sin duda, bajo la nueva ley de anti-lavado de activos en la República Dominicana, la Ley 155-17, todos los sujetos obligados han tomado nota de las designaciones recientes de la OFAC y están tomando las medidas adecuadas para garantizar el cumplimiento requerido. Esto también se aplica a las empresas de EE.UU que operan en el territorio dominicano.
Desde la perspectiva del gobierno dominicano, la inclusión de dos de sus ciudadanos en la lista OFAC representa otro ojo morado. El país ya está tratando de recuperarse luego de ser incluido a principios de este año como uno de los 50 países más corruptos, de acuerdo con Transparencia Internacional (puesto 135 de 183). Además, desde 2006, el país no ha tenido éxito en obtener una membresía en el Grupo Egmont.
El Grupo Egmont fue creado en 1995 con el fin de potenciar el desarrollo de las unidades de inteligencia financiera (UIFs) y el intercambio de información para combatir el lavado de activos. Los países que deseen ser miembros del Grupo Egmont deben demostrar su compromiso de apoyar una UIF efectiva e independiente. Alrededor de 140 UIFs componen el grupo, incluyendo todos los países de América Latina, siendo las únicas excepciones Haití y República Dominicana.
En aras de la transparencia y mejores interacciones de negocios con su principal socio comercial, los funcionarios gubernamentales y líderes empresariales dominicanos seguramente esperan que las recientes acciones de OFAC representan incidentes aislados. El sostener otros listados no solo afectarían a las personas designadas, sino a la sociedad dominicana en su conjunto.
Por Dr. Oscar A. Herasme Lembert
El autor es abogado en los EE.UU especialista en asuntos corporativos y prevención de lavado. Fue Asistente del Fiscal del Condado de Manhattan y es Asesor de Instituciones Financieras.