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La Convención Constitucional de Chile aprueba desmilitarizar los cuerpos policiales e incorporar la perspectiva de género en sus funciones

La Convención Constitucional de Chile aprueba desmilitarizar los cuerpos policiales e incorporar la perspectiva de género en sus funciones

Publicado el 10/05/2022

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La Convención Constitucional de Chile aprueba desmilitarizar los cuerpos policiales e incorporar la perspectiva de género en sus funciones

Los integrantes de los organismos policiales no podrán pertenecer a partidos políticos ni postularse a cargos de elección popular.

La Convención Constitucional de Chile, que se encarga de redactar la propuesta para la nueva Carta Magna del país, aprobó en la víspera la desmilitarización de los cuerpos policiales y la incorporación de la perspectiva de género en el desempeño de sus funciones, cambios que impactarán al cuerpo de Carabineros y la Policía de Investigaciones (PDI).

La nueva norma, que se incorporará como el artículo 19 del futuro texto constitucional, recibió una aprobación de 109 votos a favor, 33 en contra y 14 abstenciones, y señala que las policías dependerán «del ministerio a cargo de la seguridad pública» y deberán ser «instituciones policiales no militares, de carácter centralizado», con competencia en todo el territorio chileno.

Además, el texto —citado por el medio local La Tercera— indica que las policías deberán «garantizar la seguridad pública, dar eficacia al derecho y resguardar los derechos fundamentales, en el marco de sus competencias».

La norma cambiaría directamente la estructura del cuerpo de Carabineros, ampliamente criticado por los excesos cometidos contra manifestantes durante el llamado estallido social de 2019, debido a que actualmente es una institución militar.

De ser aprobada la nueva Constitución, que debe votarse el próximo 4 de septiembre en un Plebiscito Nacional, el cuerpo de Carabineros deberá asimilar su estatuto al de la PDI, que en la actualidad es la única policía civil de Chile.

Otros cambios en la función policial

La Convención también aprobó en la plenaria los incisos 3, 4 y 5 del artículo 19, en los que se señala que las policías deberán «incorporar la perspectiva de género en el desempeño de sus funciones y promover la paridad en espacios de toma de decisión».

Además, los cuerpos policiales deberán actuar en función de los principios de «necesidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza, con pleno respeto al derecho internacional y los derechos fundamentales» establecidos en la Constitución.

De igual forma, indica que las policías deberán estar «sujetas a controles en materia de probidad y transparencia»; y prohíbe a los funcionarios de los organismos de seguridad pertenecer a partidos políticos, asociarse en organizaciones políticas, gremiales o sindicales, ejercer el derecho a huelga, y postularse a cargos de elección popular.

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