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Lavado de Activos en la República Dominicana “Luces y Sombras”

Lavado de Activos en la República Dominicana “Luces y Sombras”

Publicado el 29/10/2022

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Lavado de Activos en la República Dominicana “Luces y Sombras”
“Día Nacional de la Prevención del Lavado de Activos” 

Lic. Damián Vega

Partiendo de que el lavado de activos es una actividad que según expertos se viene realizando desde años antes de cristo y se continúa perpetrando días tras días a nivel global, cabe preguntarnos ¿qué tanto hemos avanzado en la prevención de dicho delito?
A partir de la Convención de Viena de 1988 en donde varios países dieron los primeros pasos para enfrentar de manera mancomunada el flagelo del lavado de capitales, muchos han sido los esfuerzos que desde diversos gremios, foros y convenciones se han realizado para garantizar un correcto funcionamiento del sistema financiero de los países y sus economías.

Es el caso del Grupo de Acción Financiera Internacional GAFI, institución intergubernamental creada en el año 1989 encargada de desarrollar políticas que ayuden a combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, por solo mencionar una.
La República Dominicana como signatario de aquel convenio (Convención de Viena) se comprometió en la implementación de las políticas públicas estatales necesarias para luchar contra un mal real y arraigado en los países de la zona. Sin embargo, no fue hasta el 2002 cuando logró promulgar la conocida Ley 72-02 enfocada de manera específica a contrarrestar este flagelo que de manera silente corroe las bases financieras de todas las sociedades.

Dicha ley, si bien es cierto que garantizó y estableció ciertas consideraciones y credibilidad por parte de los países miembros, no es menos ciertos que carecía de algunos elementos constitutivos que le imposibilitaba por si misma abarcar sectores en los que el lavado de activos puede permear con facilidad sino existen los controles necesarios.

Es por ello que luego de unas exhortaciones hecha por especialistas en el tema de prevención de lavado, y luego de una gran lucha de intereses, en el 2017 se logra promulgar la ley 155-17 contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, en donde se incluyen elementos novedosos que permite a la ley entre otras cosas, llegar a nuevos sectores tanto financieros como no financieros y robustecer la sanciones en caso de ser hallado culpable de lavado de activos.

No obstante, a la promulgación de dicha ley, para que el sistema anti lavado sea más robusto en nuestro país, hace falta que entre en vigencia la Ley de Extinción de Dominio, ya que tal como expuse en el artículo “Ley de Extinción de Dominio indispensable para contrarrestar el Lavado de Activos en RD” publicado en el 2020, sin una ley de extinción de dominio aplicable, valdrá de poco los esfuerzos realizados.

Los resultados arrojados en la evaluación del GAFI en el año 2018 contribuyeron a que en nuestro país se produjera una transformación considerable del marco jurídico e institucional, que ha permitido reforzar todo el sistema anti lavado y anti terrorismo con acciones como la implementación de un nuevo marco legal acorde con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (GAFI), la asignación de recursos a entidades claves del sistema, como la Unidad de Análisis Financiero, y la eliminación de acciones al portador, lo que contribuye de manera significativa a la transparencia corporativa.

Con las acciones tomadas se permite acceder a la información de Beneficio Final de las personas jurídicas”, un paso trascendental en la lucha contra las acciones que procuran dar apariencia de legalidad a recursos de origen ilícito, la criminalidad organizada, el fraude, la corrupción, el terrorismo y su financiación.

A todo esto, podríamos preguntarnos, de qué serviría estar blindados de leyes, normativas y resoluciones sino no existen las legítimas voluntades para que las personas que incurren en el delito de lavado de activos o sus delitos precedentes, paguen por sus actos, podríamos afirmar que son insignificantes los fallos hallando culpables de lavado de activos en comparación con los actos de lavado que verdaderamente se ventilan en el sistema judicial de nuestro país.

En múltiples ocasiones hemos sido testigos de grandes casos de lavado de activos, producto de la corrupción, el soborno y otros delitos precedentes, no obstante, los implicados en la mayoría de los casos salen ilesos y con todas sus fortunas, lo que provoca indignación en la población, pero sobre todo en las personas que han dedicado gran parte de su vida formándose e instruyendo sobre la correcta manera de prevenir el lavado de activos.

Es por ello que, tras celebrarse hoy el día nacional de la prevención de lavado de activo, entiendo propicia la oportunidad para que nuestras autoridades y los órganos competentes asuman su rol en materia de Prevencion sin importar quienes pudieran ser los individuos o instituciones perjudicada.

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