Más de 270 abogados piden al presidente Abinader ejercer su liderazgo para incluir 3 causales en Código Penal
Un grupo de 272 abogadas y abogados dominicanos que apoyan la inclusión de las tres causales para la interrupción voluntaria del embarazo en el Código Penal enviaron una carta al presidente Luis Abinader pidiendo que ejerza su liderazgo político para que esta reforma legal sea una realidad y cumpla con sus obligaciones constitucionales de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos a la vida, a la salud, la autonomía, y la dignidad de las mujeres y las niñas dominicanas.
En la misiva, las y los doscientos setenta y dos juristas establecen que la inclusión de las tres causales de eximente de responsabilidad penal por la interrupción voluntaria del embarazo constituye una medida constitucionalmente válida, y aseguran que al prohibir el aborto en todos los casos el país está en violación de todas las normas de salud y derechos humanos que existen, incluyendo la Constitución de la República.
Afirman que obligar a una mujer, a una niña o adolescente a mantener un embarazo producto de una violación sexual, o incesto, llevarlo a término cuando existe constancia de la inviabilidad fuera del útero o cuando su vida corre peligro por este embarazo, constituye un acto cruel, inhumano y degradante.
A continuación, la carta completa:
Carta abierta al presidente Luis Abinader
Asunto: Apoyo de abogadas y abogados a la inclusión de las tres causales para la interrupción voluntaria del embarazo en la reforma del Código Penal
30 de marzo de 2021
Sr. Luis Abinader
Presidente Constitucional de la República Dominicana
Palacio Nacional
Señor presidente:
Desde el 24 de marzo, nuestro Congreso está discutiendo la reforma del Código Penal. Este debate incluye la despenalización del aborto en tres causales: cuando el embarazo suponga un riesgo para la vida de la mujer o niña embarazada, cuando el feto no sea viable, y cuando el embarazo sea resultado de violación o incesto. Las abogadas y abogados suscribientes le recordamos que desde su posición puede ejercer su liderazgo político para que esta reforma legal sea una realidad y cumpla así usted, señor presidente, con sus deberes constitucionales de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos a la vida, a la salud, la autonomía, y la dignidad de las mujeres y las niñas dominicanas.
Como bien ha afirmado la Comisión Especial designada por la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo para el estudio del proyecto del Código Penal, la inclusión de las tres causales de eximente de responsabilidad penal por la interrupción voluntaria del embarazo constituye una medida constitucionalmente válida, en la medida que cada una de las causales protege derechos fundamentales de las mujeres, que de otro modo serían vulnerados, al estar legalmente obligadas a continuar un embarazo en contra de su voluntad y su vida en dignidad en los tres supuestos indicados.
La primera causal, eliminando la penalización de la interrupción del embarazo cuando suponga un riesgo para la vida de la mujer o niña, responde al mandato constitucional de la protección del derecho a la vida, a la salud y a la atención médica de la mujer y las niñas. La segunda causal sobre la inviabilidad del feto protege los derechos a la dignidad, a la integridad física y psíquica de la mujer. Y la tercera causal que permite interrumpir el embarazo cuando sea resultado de violación o incesto, está íntimamente ligada con la imperativa protección de los derechos a la dignidad, a la integridad física y psíquica de la mujer y al libre desarrollo de la personalidad. En efecto, obligar a una mujer, a una niña o adolescente a mantener un embarazo producto de una violación sexual, o incesto, llevarlo a término cuando existe constancia de la inviabilidad fuera del útero de la mujer o cuando su vida corre peligro por este embarazo, constituye un acto cruel, inhumano y degradante según ha sido considerado el Comité de Derechos Humanos de la ONU a través de su jurisprudencia.
Las estadísticas son claras: las leyes que penalizan el aborto de manera absoluta no reducen la cantidad de abortos, sino que empujan a las mujeres a someterse a tales procedimientos en condiciones de extrema inseguridad y precarias condiciones de higiene y salubridad. Como indican los estudios sobre el tema, esta es una importante causa de muerte y de graves daños a su integridad física. La despenalización por causales es el estándar mínimo de protección en salud materna, según los organismos internacionales rectores de la salud como la OMS y la OPS.
Si bien aprobar las causales no obliga a ninguna persona a abortar, es imperativo que las mujeres y niñas dominicanas tengan la posibilidad de decidir por sí mismas si interrumpir, o no, un embarazo en estas tres situaciones excepcionales, sin sufrir ninguna consecuencia legal por la decisión que puedan tomar. De igual manera, es vital que no haya consecuencias legales para los servidores de la salud que les asistan (doctores, enfermeras, laboratoristas, entre otros).
El Estado se configura como garante de derechos de las personas, de la libertad individual y de la justicia social, y usted, como presidente constitucional, se ha comprometido con la protección y defensa de los derechos de la población y el respeto a la Constitución. Es lamentable que la República Dominicana no provea el estándar mínimo de protección legal para la salud materna a las mujeres y las niñas de este país.
No podemos dejar de enfatizar que las tres causales persiguen armonizar derechos fundamentales en conflicto, justamente como ordena la Constitución dominicana en su artículo 74. Este ejercicio de armonización de derechos fundamentales no es extraño en nuestra legislación, ni siquiera cuando del derecho a la vida se trata. Es así que, a modo de ejemplo, nuestro actual código penal reconoce en su artículo 328 la “legítima defensa” como eximente de responsabilidad penal para el homicidio. Por el contrario, la penalización absoluta de la interrupción voluntaria del embarazo no solo resulta una solución irrazonable, desproporcionada y por ende contraria al artículo 74, sino que, desconoce en su totalidad los derechos a la vida, la salud y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.
En vista de todo lo anterior, le exhortamos que, como presidente de la República Dominicana y líder del partido mayoritario en el Congreso, impulse y lidere a su partido para que la interrupción del embarazo en estas tres causales sea legal, segura y gratuita. Aprobar el aborto en estas tres causales es garantizar la vida, salud y dignidad de las mujeres y niñas dominicanas.
Respetuosamente,
1. Ivanna Molina Peña
2. Indiana Jiménez Guerrero
3. Ansel Sierra Ferreira
4. Raimy Reyes
5. Amaury Reyes Torres
6. Anderson J. Dirocie D.
7. Patricia M. Santana Nina
8. Mary Fernández Rodríguez
9. Francisco Álvarez Valdez
10. Altagracia Balcácer Molina
11. Gladys Piñeyro Serrano
12. Bienvenida Mendoza
13. Susana Dionicio Montas
14. Melina Zaiz
15. Yildalina Tatem Brache
16. Alexandra Sánchez García
17. Paola Pelletier
18. Darlin Joel Polanco
19. Rasiel Salcedo
20. Ismael Tavárez Beras
21. Michelle Perezfuente
22. Glenys De Jesús Checo
23. Yulianna Ramón Martínez
24. Sheila Encarnación Castillo
25. Geny N. Lozada Núñez
26. Neftalí Solís Encarnación
27. Rosa Lina Núñez
28. Laura Pérez Díaz
29. Mariel Ortega De los Santos
30. Orlando González
31. Oscarina Ureña Martínez
32. Erwin Ramón Acosta Fernández
33. Nelson Nina de León
34. Lourdes S. Medina Romero
35. Amaya Olivo Espinal
36. Susana Gautreau De Windt
37. Sabrina Alba
38. Domingo Ant. Grullón
39. Natalia Ramírez-Morún
40. Anthony Melo
41. Joey Núñez Aybar
42. Johan Francisco Guzmán
43. Perla Rivas
44. Romina Figoli Medina
45. Carlos Rosario
46. Yasmín Cerón Castro
47. Laura E. Paniagua Ortiz
48. Javier Blanco
49. Josefina Almánzar
50. Nicole Astacio
51. Mariel Alfau Romero
52. Yadira Durán
53. Pamela Ramírez
54. Luz Esmeralda Pinales Marte
55. Laisa Santana
56. Emilio A. Zucco S.
57. María Fernanda López Pérez
58. Ady Marie Vargas Grullón
59. Crismelin Mejías
60. Priscile Morillo
61. Rocío Carolina Henríquez
62. Tamara Aquino
63. Gabriela Núñez
64. Ramón Fondeur Silvestre
65. Jesús Dionisio Jerez
66. Sara Cruz Cid
67. Liz Anna Martínez
68. Hernán Mejía
69. Nilsa López
70. Rosalía Sosa Pérez
71. Gloria Henríquez
72. Nataly M. Batlle
73. Bartolomé Pujals
74. Deivis Cabrera
75. Vilma Cabrera Pimentel
76. Elka Scheker Mendoza
77. Nicole Acta
78. Jennifer Gómez Caraballo
79. Lissa Aquino
80. Erinia Peralta
81. Claudia Rosario
82. Fabiola Disla
83. Katherine De La Cruz Jaime
84. Zastaba Desireé Dotel Pujols
85. Somnia Vargas
86. Katia Ríos Goico
87. Marianela Carvajal Díaz
88. Maurice Sánchez
89. Koral Álvarez
90. Diana De Camps
91. Anyelo Minier
92. Jaime Francisco Rodríguez
93. Juana Birmania Gutiérrez Castillo
94. Ángela Alfau
95. Angélica Toribio
96. Alina Guzmán
97. Félix Nova Hiciano
98. Luis Apolinar Abreu Javier
99. Germania Elisabeth Mercedes Pérez
100. Elina Castillo
101. Gabriela Balaguer
102. Hans Martínez
103. Melanie María Holguín Martínez
104. Tobías Fernández
105. Cipriano Rhadamés Mercedes
106. Dayleyni Ortiz
107. Jesús Mártires Plata Medina
108. Brianda Hernández
109. Annsherly Reyes
110. Chelsea Rodríguez
111. Jennifer de la Cruz
112. Lisbeth Doñé
113. Nicole Toribio
114. Marieliza Domínguez
115. Jade Arias
116. Lisbeth De la Rosa
117. Mell Almonte
118. Josué Esteban Espinal
119. Lisbeth Montero Henríquez
120. Javier A. Freites Capitán
121. Aracelis Crespo Díaz
122. Kevelin Peña
123. Frangely Melina De León Rodríguez
124. Amelia Alexandra Suarez Reynoso
125. Emilia Vélez
126. Víctor Gerónimo
127. Darlenis Cristina Nova
128. Julyka Peralta
129. Leslie Alcántara Dipré
130. Stacey Paulino
131. Richar Novas
132. Lourdes Solanyi Taveras Estrella
133. Emilio Fernández
134. Onice Grullón
135. Lisbeth Martínez
136. Ariza Martínez
137. Edith Rosario
138. Juan Zorrilla
139. Patricia I. Estrella
140. Yolanda Martínez Z.
141. Juan Manuel Paredes
142. Kamily M. Castro Mendoza
143. Laura Karina Rodríguez
144. Leniza Hernández Orozco
145. Nery Montero
146. Lorenny Bruno
147. Danna Ly Acosta
148. Roberto A. Sánchez Montero
149. Ismeylin Lara Sánchez
150. María Virginia Irizarry
151. María Magdalena Sosa
152. Bernardina Peña Jiménez
153. Anny Minerva Jaquez Reyes
154. Oceanne Tavárez
155. Emely A. Marcelo de Jesús
156. José M Santana
157. Dariel López
158. Abril Acosta
159. Yoel Alexander Grullón Robles
160. Linabel González Duarte
161. Miguel Ángel Fernández
162. Esmeralda Rincón Sánchez
163. Marisol García Oscar
164. Silvio Hernández Severino
165. Teresa Morel Mora
166. Desirée Alexandra Del Rosario
167. Elian Espaillat
168. Zobeyda Cepeda
169. Jeremy Díaz Bonnelly
170. Jamel Pérez
171. Nicanor Rodríguez Tejada
172. Miriam Stern Velázquez
173. Ricardo Ripoll
174. Koral Leyba
175. Denisse Gómez Segura
176. Ricardo Augusto Herrera García
177. Virginia Wall
178. Mildred Almonte
179. Ricardo A. Canela Contreras
180. Carlos Vargas
181. Mariela Lueje
182. Jeritza Pimentel
183. Claudia Taveras Alam
184. María Teresa Matos Gómez
185. Liex De Jesús
186. Yesmin Mercado
187. Karina Macielle Mateo Sánchez
188. Nathalie Abreu Mejía
189. Laura Veloz Guerrero
190. Nelson De la Rosa
191. Lisa M. De Los Santos Piñeyro
192. Enmanuel Álvarez Selman
193. Hayley Olivo Bordas
194. Lezlie Domínguez
195. Patricia Pérez Díaz
196. Nataly Santana Sánchez
197. Daisy García Ventura
198. Manuel Alejandro Fernández Hernández
199. Imanol Lorenzo
200. Farah Chepman
201. Susana Marieti Arias Tejada
202. Winie Adames
203. Yelandia De Jesús
204. Alexandra Sued
205. Jhonayri Vásquez
206. José Antonio Adames Acosta
207. Sarah E. Roa Ramírez
208. Lissette Arias
209. Raquel Rodríguez
210. Keyla Reyes
211. Esther Girón
212. Eduardo Fernando López Melo
213. Juana De Jesús Rojas
214. José L. Almánzar Paulino
215. Luis Arturo Acosta Balbuena
216. Chrystie Giselle Salazar Caraballo
217. José Manuel Rodríguez Santana
218. Diego A. D’Aniello Pérez
219. Claudia Tejada
220. César Rodríguez Muñoz
221. Nayibe Abel Chabebe
222. Angela María Guzmán Mejía
223. Corayma Collado
224. Juan Alberto Ureña Guzmán
225. Mary Álvarez Lam
226. María Graciela Cuervo Franco
227. Annie Domínguez
228. Fernanda A. Frías Peralta
229. María A. Carbuccia
230. Germaine Matos
231. Fabiola Medina Garnes
232. Penélope Arboleda Saviñón
233. Denisse Casado
234. Milyn Trisciuoglio
235. Margarita J Carbuccia
236. José E. Fernández Lockward
237. Emmanuel Hilario Lightbourne
238. Sarah Suzaña
239. Angélica Noboa Pagán
240. Laura Cristina Bretón
241. Seyla Fung
242. César V. Polanco Reynoso
243. Yoobanna Espaillat
244. Lorena de los Santos
245. Elbio Junior de Jesús Rodríguez Torres
246. Eudy Alberto Jiménez
247. Yunior G. Espinosa González
248. Adrianny Hernandez Schira
249. Lewis Luciano Cruzeta
250. Leslie C. Peña Coste
251. Jisel Pandelo
252. Nicole Pérez Milán
253. Eleny Salcedo
254. Andrea Polanco Zouain
255. Eduardo Domínguez
256. Yeneliz Checo Jáquez
257. Alejandra Guzmán
258. Eduardo Sturla
259. Juslivy Peña
260. Daniel A. Sánchez Comprés
261. Edward Valentín Márquez Ramón
262. Rafael Acosta Amador
263. Jaritza Rodriguez
264. Anny A. Polanco Lovera
265. Karina Valdez
266. Wellmy Stephania Cuevas Lantigua
267. Darío Rodríguez Crisóstomo
268. Mery E. de la Cruz
269. Katherine Nicole Díaz Fernández
270. Clara Espinosa de Abel
271. Rosa Antonia Lemos
272. Seleny M. García Lizardo