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Aspirante presidencial del PLD notifica a la Junta Central Electoral sobre sentencia y cuestiona método de elección interna

Aspirante presidencial del PLD notifica a la Junta Central Electoral sobre sentencia y cuestiona método de elección interna

Publicado el 19/04/2026

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El aspirante presidencial del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Manfred Alberto Mata Echt, remitió una comunicación acompañada de documentación oficial en la que solicita la revisión del método de elección de la candidatura presidencial de esa organización política.

De acuerdo con el contenido del acto, la notificación fue realizada en la sede de la Junta Central Electoral, ubicada en la intersección de las avenidas 27 de Febrero y Luperón, en el municipio Santo Domingo Oeste. El documento indica que fue entregado a una persona que afirmó tener calidad para recibir este tipo de diligencias.

En la comunicación, el requirente notifica formalmente la Sentencia núm. TSE/0011/2025, emitida el 10 de junio de 2025 por el Tribunal Superior Electoral. Según se expone, esta decisión interpreta una norma de orden público y establece un criterio de carácter obligatorio tanto para las instituciones como para la administración electoral, incluyendo a la propia Junta Central Electoral.

El documento advierte que el incumplimiento de dicha sentencia podría derivar en la validación de actos considerados nulos y contrarios a una decisión judicial firme, colocando a la administración electoral fuera del marco legal vigente. Asimismo, señala que corresponde a la autoridad electoral actuar de manera preventiva ante posibles violaciones.

En un segundo punto, el aspirante intima a la Junta Central Electoral a pronunciarse y detener el método de elección de la candidatura presidencial del PLD, previsto para el 18 de octubre de 2026. Argumenta que este proceso se encontraría fuera de los plazos establecidos por la ley y, por tanto, sería incompatible con la referida sentencia del Tribunal Superior Electoral.

El acto también deja constancia de la entrega de una copia íntegra de la sentencia citada, debidamente firmada y sellada, como parte de la notificación formal, con el objetivo de evitar alegatos de desconocimiento por parte de la institución.

La comunicación fue registrada en el municipio Santo Domingo Oeste y cuenta con los sellos y firmas correspondientes que certifican su autenticidad.

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